Derechos y deberes del paciente y su familia
Resolución 13437 de 1.991 del Ministerio de Salud

Derechos
del paciente
- Elegir libremente a los profesionales de la salud que le presten la atención requerida.
- Recibir información sobre su estado de salud o enfermedad, tratamientos, procedimientos y riesgos, apropiados a sus condiciones educativas y culturales que le permitan tomar decisiones libres, conscientes e informadas respecto a los procedimientos que le vayan a practicar y riesgos de los mismos.
- Recibir un trato digno respetando sus creencias y costumbres.
- Confidencialidad en la Historia Clínica y en todos sus anexos.
- Recibir la mejor asistencia medica disponible, pero respetando los deseos del paciente en el caso de enfermedad irreversible.
- Revisar y recibir explicación acerca de los costos por los servicios de salud obtenidos
- Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera que sea el culto religioso que profesa.
- Participara o no en investigaciones científicas.
- Aceptar a rehusar la donación de órganos.
- Morir con dignidad.

Deberes
del paciente y su familia
- Propender por el autocuidado y el de su familia.
- Hacer buen uso de los servicios y las instalaciones de la Clínica Crear Visión.
- Presentarse con atención a las citas programadas con los documentos y soportes requeridos para la atención.
- Tratar con respeto a todo el personal y a los usuarios.
- Informar de manera clara y honesta sobre su estado de salud y sus antecedentes.
- Cumplir las recomendaciones dadas para la preparación y los cuidados posteriores a los procedimientos.
- Adherirse a las órdenes y al tratamiento médico.
- Aceptar las consecuencias de su salud, cuando se rehúse al tratamiento.
- No fumar ni ingerir alimentos dentro de la Institución.
- Realizar los pagos por los servicios prestados, cuando así corresponda.